jueves, 31 de octubre de 2013

EL CENSO ELECTORAL.


Carlos Ariel Sánchez Torres, Registrador Nacional de Colombia.


De los 32.491.737 colombianos habilitados en el censo electoral con corte al 15 de octubre de 2013,  16.878.110 son mujeres y 15.613.627 son hombres.





El censo electoral determina el número de electores y es también el instrumento técnico, elaborado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, que le permite a la Organización Electoral planear, organizar, ejecutar y controlar los certámenes electorales y los mecanismos de participación ciudadana.

Según el artículo 47 de la Ley 1475 de 2011 o Reforma Política, el censo electoral es “el registro general de las cédulas de ciudadanía correspondientes a los ciudadanos colombianos, residentes en el país y en el exterior, habilitados por la Constitución y la ley para ejercer el derecho de sufragio y, por consiguiente, para participar en las elecciones y para concurrir a los mecanismos de participación ciudadana”.

El censo electoral colombiano asciende a 32.491.737 votantes, con corte a 15 de octubre. De ellos, 16.878.110 son mujeres y 15.613.627 son hombres.

Al 15 de octubre, las circunscripciones electorales con mayor número de sufragantes son: Bogotá con 5.177.509, seguida de Antioquia con 4.197.950 personas y Valle con 3.212.843 ciudadanos.

Adicionalmente, un total de 479.733 ciudadanos residentes en el exterior están habilitados para sufragar en el censo electoral colombiano, de los cuales 231.519 son hombres y 248.214 son mujeres.



Carlos Ariel Sánchez Torres


 Para la conformación del censo previo a una nueva elección, se toma como base el censo electoral utilizado en los últimos comicios, se incorporan las cédulas inscritas durante el periodo de inscripción programado, que será hasta dos meses antes de la elección de acuerdo con lo señalado en el artículo 49 de la Ley 1475 de 2011 y se adicionan las cédulas expedidas por primera vez hasta cuatro meses antes de la respectiva elección.

Censo electoral por departamento(*)


Vichada 19.014   22.987   42.001


Así mismo, se excluyen las cédulas de los miembros activos de las fuerzas militares, de los ciudadanos condenados a pena privativa de la libertad y pérdida de derechos políticos y los documentos cuyo estado de vigencia fue afectado por muerte del ciudadano durante el lapso comprendido entre la última elección y la fecha de conformación.

El censo electoral se actualiza diariamente con las novedades reportadas de los colombianos. Con base en la inclusión y exclusión de las cédulas de ciudadanía en el censo electoral, se actualiza el número exacto de ciudadanos que pueden sufragar en las elecciones.

La depuración permanente del censo electoral permite garantizar los derechos electorales de todos los colombianos en las distintas elecciones atípicas que se celebran en el país así como en eventuales consultas de partidos y movimientos políticos.



Carlos Ariel Sánchez Torres


 El censo electoral se comenzó a publicar en la página web de la Registraduría Nacional desde el mes de febrero de 2008, para garantizar transparencia en todos los procesos electorales y evitar el fraude. Así mismo, para que lo ciudadanos contribuyan a depurar la información, al identificar posibles inconsistencias, tales como la aparición en el censo electoral de personas fallecidas o inhabilitadas.

En la página web de la Entidad www.registraduria.gov.co se encuentra un sitio denominado “consulte su lugar de votación”. Allí cualquier persona puede digitar un número de cédula e inmediatamente obtiene información sobre el departamento, la ciudad, el puesto de votación y la mesa en la que el titular de esa cédula de ciudadanía puede votar, así como la fecha de inscripción de la cédula.

Si un ciudadano encuentra alguna inconsistencia puede reportarla a través de correo electrónico censoelectoral@registraduria.gov.co y la Registraduría Nacional procede a analizar el caso.





Marina Elsi Parra Verdugo, Registradora en Ramiriquí y Carlos Ariel Sánchez Torres, Registrador Nacional, durante la  visita del funcionario nacional  a Ramiriquí, Boyacá.


El censo electoral se actualiza todos los días, así:

Bajas del censo
- Cancelación de cédulas de ciudadanía por muerte, con base en el registro civil de defunción.
-  Sentencias condenatorias que incluyen la interdicción de derechos políticos por un tiempo determinado.
 - El ingreso del ciudadano a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.

Altas del censo
- Inclusión automática de las cédulas expedidas por primera vez, al cumplir 18 años.
- Inclusión automática de las cédulas expedidas a quienes adquieren la nacionalidad colombiana.
- Re incorporación de aquellas cédulas que habían perdido temporalmente su vigencia.
- Porque ya se cumplió el tiempo de pena previsto en la sentencia condenatorias.

- Porque el ciudadano deja de pertenecer a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.


Fuente: Revista de Noticias, Registraduría Nacional de Colombia.
Hernán Castro Rodríguez, Editor de Vemos y Escuchamos.

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